Declaración universal de la unesco sobre la diversidad cultural

la diversidad cultural es tan necesaria para la humanidad como la biodiversidad para la naturaleza.

La Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales pretende garantizar la rica diversidad de la cultura y reforzar la creación, la producción y el acceso a las actividades, los bienes y los servicios culturales en todo el mundo.

Australia es parte de la convención desde 2009. En virtud de la convención, Australia informa cada cuatro años al Comité Intergubernamental de la UNESCO correspondiente sobre lo que se ha hecho para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en Australia y a nivel internacional.

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La Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural es una declaración adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en su 31ª reunión, el 2 de noviembre de 2001[1].

Esta Declaración está constituida por 12 artículos; el artículo 1, titulado “La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad”, afirma que “Como fuente de intercambio, innovación y creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para la humanidad como la biodiversidad para la naturaleza. En este sentido, es patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y afirmada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.” El artículo 4 describe que la diversidad cultural no puede vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional. El artículo 5 afirma que los derechos lingüísticos son derechos culturales de acuerdo con la Carta Internacional de Derechos Humanos. El artículo 6 afirma la libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación y el multilingüismo. El artículo 12 define el papel de la UNESCO.

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En noviembre de 2001, la UNESCO emitió la “Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural” (DUDC) para contribuir a preservar y promover la diversidad cultural en todo el mundo. La DUDC aspira a mejorar el reconocimiento de la diversidad cultural, la conciencia de la unidad de la humanidad y el desarrollo de los intercambios interculturales. Además, la DUDC estipula que la UNESCO tiene la responsabilidad de promover los principios enunciados en la declaración, facilitar un plan de acción para la aplicación de esos principios y servir de punto de referencia y foro para los Estados y las organizaciones no gubernamentales que deseen instituir políticas en favor de la diversidad cultural.

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Recordando que el Preámbulo de la Constitución de la UNESCO afirma “que la amplia difusión de la cultura y la educación de la humanidad para la justicia, la libertad y la paz son indispensables a la dignidad del hombre

Recordando además el artículo I de la Constitución, que asigna a la UNESCO, entre otros fines, el de recomendar “los acuerdos internacionales que estime convenientes para facilitar la libre circulación de las ideas por medio de la palabra y de la imagen”,

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Este documento analiza cómo tres convenciones de la UNESCO actúan como palancas para el desarrollo y el fortalecimiento de las sociedades. Se trata de la Convención del Patrimonio Mundial (1972), la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003) y la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005a)[2]. Tras examinar la finalidad y el contexto específicos en los que se creó cada Convención a lo largo de más de 30 años, el documento analiza las sinergias entre las tres y la contribución de cada una de ellas a unas sociedades más resistentes y sostenibles. La evidencia sugiere que, a pesar de sus diferentes propósitos y contextos, estas tres convenciones de la UNESCO, en conjunto, sirven para reforzar el desarrollo de las sociedades.

Cabe recordar que la UNESCO se creó para responder a las consecuencias destructivas de la guerra y a la necesidad de reconstruir las sociedades. Con un mandato en los ámbitos de la educación, la ciencia y la cultura, la UNESCO constituye un punto de referencia para la creación de normas internacionales en estos campos, para el desarrollo de la capacidad técnica y para el fomento de la cooperación internacional. En los primeros años, existía el optimismo de que la UNESCO podría ayudar a construir una sociedad internacional sólida. Esto explica la oleada de instrumentos normativos que se adoptaron, entre ellos las recomendaciones sobre excavaciones arqueológicas (UNESCO, 1956), paisajes (UNESCO, 1962) y bienes culturales en peligro por obras públicas o privadas (UNESCO, 1968), así como la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (1954) y la Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (1970). Cada recomendación y convención surgió en su propio contexto específico en respuesta a cuestiones importantes de su época.

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