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CALLEJERO
La Audiencia confirma por primera vez una sentencia de derribo de un chalé junto a Medina Azahara
21-05-2008 19:04:21 La Sección Primera de la Audiencia de Córdoba ha confirmado por primera vez una sentencia de derribo de una vivienda en la parcelación ilegal ‘Las Pitas’, en suelo de la zona arqueológica de Medina Azahara, en Córdoba, declarada Bien de Interés Cultural (BIC), en virtud de Decreto 46/96 de 30 de enero, posteriormente ampliado por decreto 199/03. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se desestima el recurso de apelación presentado contra la sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba el 24 de marzo, por la que condenaba a dos parcelistas a un total de tres años de prisión, además de la demolición de la construcción, una actuación que correrá a cargo de ambos condenados, un padre y un hijo. Contra dicha sentencia, la representación procesal de los condenados presentó un recurso en base a que no tuvieron conocimiento de la inclusión de su parcela en el BIC hasta que en octubre 2006 la Junta de Andalucía le ordenó la paralización de las obras, poniendo el acento en que la construcción se comenzó en abril de 2006 y no en septiembre u octubre siguiente, como sostiene la sentencia del Penal 4. Al respecto el Tribunal de la Sección Primera estima que los acusados “sólo tenían fines especulativos” y niega el error de los procesados que defiende su letrado por ignorar que la parcela se encontraba en zona BIC. De este modo, la sentencia recoge que “los acusados no son personas marginales o desestructuradas, ajenas a las opiniones comunes que circulan en la sociedad”. Asimismo, pone de manifiesto que los dos habitan en la urbanización ilegal desde 1995, con lo que “no es razonable que lo hagan de espaldas a cuestiones de tanta importancia como las relativas a su vivienda”. También hace referencia a que ambos reconocen pertenecer a la Asociación de Vecinos de Las Pitas, creada precisamente para tratar de solventar, entre otros problemas, el relativo a la declaración del BIC. La resolución de la titular del Juzgado de lo Penal 4 fue la primera resolución dictada por la Justicia de Córdoba en la que se acuerda la demolición de una obra ubicada en el BIC. La jueza consideró probado que los acusados, M.Á.B.N. y M.B.M., iniciaron en septiembre de 2006 la construcción de una vivienda de una sola planta en forma de L con 17 metros de fachada y 12 en su lateral más largo, “a pesar de tener conocimiento de que esta zona está protegida y sin solicitar licencia de obras ni autorización a la Junta de Andalucía”. Así, consideró estos hechos como un delito contra la ordenación del territorio, por lo que condenó a cada uno de los imputados a 18 meses de prisión, así como una multa de seis euros diarios durante 16 meses. Finalmente, por su parte, el Tribunal de la Sección Primera también recoge en su sentencia que estos núcleos “se han consolidado a través del tiempo, merced a una desidia de los poderes público que dio alas a la población por levantarse las viviendas a la vista, ciencia y paciencia de aquellos”.