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Real decreto consejo de ministros
reglamento del consejo de ministros de 6 de mayo de 2021
El Consejo de Ministros de la Unión ejerce el poder ejecutivo en la República de la India[1]. Está formado por los Ministros del Gabinete, los Ministros de Estado y los Ministros de Estado (cargo independiente). El Consejo está dirigido por el Primer Ministro de la India.
Un órgano ejecutivo más pequeño, denominado Gabinete de la Unión, es el órgano supremo de toma de decisiones en India[2]. Sólo el primer ministro y los ministros con rango de ministro del gabinete son miembros del Gabinete de la Unión, de acuerdo con el artículo 75.
De conformidad con el apartado 3 del artículo 75, el Consejo de Ministros es responsable colectivamente ante la cámara baja del parlamento indio, denominada Lok Sabha (Cámara del Pueblo)[1] Cuando un proyecto de ley presentado por un ministro en la Lok Sabha no es aprobado por ésta, el responsable es el consejo de ministros en su conjunto y no el ministro. El consejo de ministros, al perder la confianza de la Lok Sabha, deberá dimitir para facilitar la formación de un nuevo gobierno.
Un ministro puede tomar cualquier decisión sin que el consejo de ministros lo considere, según el artículo 78(c). Todos los miembros del gabinete de la Unión se presentarán por escrito al Presidente para proponerle la proclamación de emergencia de acuerdo con el artículo 352.
ministerio del interior
El Consejo de Ministros fue creado por el rey Abdulaziz en 1953. Es responsable de “redactar y supervisar la aplicación de las políticas interior, exterior, financiera, económica, educativa y de defensa, así como los asuntos generales del Estado”[1] La legislación debe ser ratificada por decreto real y ser plenamente compatible con la interpretación de la ley islámica del reino. Se reúne todos los martes y está presidido por el Rey en su calidad de Primer Ministro o por uno de sus adjuntos[2][3].
La actual ley que rige la forma y función del Consejo de Ministros fue promulgada por el rey Fahd en 1993 CE/1414 AH.[1] Entre otras cosas, estipula que cada miembro del Consejo debe ser “un ciudadano saudí por nacimiento y ascendencia; conocido por su rectitud y capacidad”; y “no haber sido condenado anteriormente por un delito de inmoralidad o deshonor”.[1]
En la madrugada del 29 de abril de 2015, el rey Salman emitió 25 decretos reales que incluían una remodelación del gabinete. Esta incluía la destitución de su hermano Muqrin bin Abdulaziz como príncipe heredero y el nombramiento de su sobrino Muhammad bin Nayef. El rey nombró a su hijo Mohammed bin Salman como príncipe heredero adjunto[4][5].
consejo de ministros ue
Un decreto ministerial u orden ministerial es un decreto de un ministerio. Con un decreto ministerial se delega en el departamento administrativo la tarea de imponer una sentencia o mandato formal. Los decretos ministeriales suelen imponerse bajo la autoridad del ministro principal, secretario o administrador del departamento.
En el Reino Unido un decreto ministerial se conoce como “orden ministerial”. Hasta 2013 solo había un ejemplo, la Competition and Service (Utilities) Act 1992 (Commencement No. 1) Order 1992[2][3].
La orden se dictó en virtud de las facultades contenidas en el artículo 56(2) de la Ley de Competencia y Servicios (Servicios Públicos) de 1992, que permitía al Secretario de Estado disponer la entrada en vigor de la Ley “mediante una orden”. Sin embargo, presumiblemente debido a un descuido en el proceso de redacción, la Ley no preveía que dicha orden se realizara mediante un instrumento legal, tal y como se define en la Ley de Instrumentos Estatutarios de 1946[3]. No se han realizado otras órdenes de entrada en vigor en virtud de los poderes pertinentes, y hasta 2013 esta seguía siendo la única “orden ministerial” existente[3].
wikipedia
El Consejo de Ministros, al examinar el paquete procedente de la Oficina de la Presidencia del Consejo de Ministros no 7/B/38314 de fecha 24/09/1423 H, incluye la carta de S.A.R. el Viceprimer Ministro Segundo y Ministro de Defensa y Aviación e Inspector General, presidente del Comité Ministerial para la Organización Administrativa no 31/4/16/17/105 de fecha 01/09/1423 H. Se adjuntan las actas de la (quinta) reunión del Comité Ministerial para la Organización Administrativa, constituido por real decreto telegráfico no (7/B/6629) de fecha 07/05/1420 H, que propone la reestructuración de parte de los sectores gubernamentales, entre ellos la incorporación de una Alta Autoridad para la supervisión de los alimentos y los medicamentos.
Primero: Creación de una Autoridad General para la Supervisión de Alimentos y Medicamentos que tenga entidad propia y presupuesto autónomo. 5.Depender directamente del Consejo de Ministros y asumir las tareas procedimentales, ejecutivas y de supervisión que realizan los organismos actualmente existentes.
6.Realizar investigaciones y estudios aplicados para identificar los problemas de salud, sus causas y determinar su impacto, incluyendo los métodos de evaluación de las investigaciones y estudios. 7.Construir una base científica que sirva de base para los programas educativos, de asesoramiento y ejecutivos en el ámbito de la alimentación y los medicamentos. Esto se hará a través de especialistas que se unan a la Autoridad, además de la cooperación con organismos de investigación como la Ciudad Rey Abdul Aziz para la Ciencia y la Tecnología (KACST) y los centros de investigación científica de las universidades.