El Ayuntamiento da a conocer los nuevos requisitos para solicitar el Bono Social Eléctrico en Baena

El Ayuntamiento de Baena ha dado a conocer, a través de un comunicado, los nuevos requisitos para beneficiarse del Bono Social Eléctrico que pueden solicitar todas aquellas personas consideradas como “consumidor vulnerable”, “consumidor vulnerable severo” o “consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social” según los criterios legales, siempre que reúna unas condiciones generales.

El bono social eléctrico es un mecanismo de descuento en la factura eléctrica, fijado por el Gobierno Central, con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables, según la definición de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Se trata de un descuento que se aplica sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) a un límite máximo de energía en el periodo de facturación.

Los requisitos para beneficiarse de esta ayuda han cambiado recientemente. Por ello, los vecinos de Baena que deseen solicitar el bono social deben tener contratada la tarifa Previo Voluntario al Pequeño Consumidor y tener instalada un potencia que no exceda los 10 kilovatios en la vivienda.

Esta ayuda solo se puede solicitar en las denominadas comercializadoras de referencia: Endesa Energía XXI SL, Iberdrola Comercialización de Último Recurso, CHC Comercializadora de Referencia SLU, Viesgo Comercializadora de Referencia SL, Comercializadora Regulada, Gas&Power SAU-Grupo Naturgy y EDP Comercializadora de Último Recurso, SA.

A la hora de solicitar el bono social, la persona interesada debe aportar la siguiente documentación: Fotocopia de la factura de la luz o gas más reciente, fotocopia del libro de familia o del certificado de nacimiento en el Registro Civil, fotocopia del DNI o NIF en vigor, declaración de la renta y el formulario de solicitud que se le entregará por la propia comercializadora.

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Los residentes en Baena que presenten una discapacidad por encima del 33%, dependencia grado II y III o sean o hayan sido víctimas de violencia de género o terrorismo podrán recibir también las ayudas del bono social entregando el certificado acreditado por la Administración correspondiente de Servicios Sociales. En el caso de las familias numerosas deberán aportar fotocopia del carnet de familia numerosa en vigor.

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