Donde pedir la ayuda del alquiler

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Animamos a los inquilinos a que completen su parte de la solicitud e introduzcan el número de teléfono y la dirección de correo electrónico de su casero. Nos pondremos en contacto con ellos y les pediremos que presenten la solicitud. Si aún así no participan, usted tendrá la documentación que acredite que hizo su parte para recibir la ayuda.

A partir del 17 de agosto, las solicitudes aprobadas por el Estado para la ayuda al alquiler se pagarán utilizando una empresa de procesamiento de pagos de terceros, BIll.com.  Bill.com es un software de pago que utiliza seguridad a nivel bancario, cortafuegos y encriptación de cualquier dato sensible o personal. Para cualquier otra duda que tenga en relación con bill.com, consulte https://www.bill.com/security. Este procesador de pagos se especializa en el envío de ePayments y cheques al destino necesario. Es importante tener en cuenta que el estado también se asocia con organizaciones sin ánimo de lucro para ayudar con el programa de ayuda al alquiler. Si su solicitud es revisada y procesada por uno de esos socios, el pago vendrá de esa organización.

Neighborly, el software de solicitud utilizado por el Estado, es el primer paso para iniciar el proceso de pago. Una vez que la solicitud esté completa y el Estado haya aprobado esta solicitud, usted recibirá un correo electrónico detallando esta aprobación. Poco después, también recibirá un correo electrónico de invitación de Bill.com para configurar su cuenta para el pago.  Por favor, no vaya a Bill.com y cree su propia cuenta de Bill.com de antemano.    El correo electrónico de invitación de Bill.com incluirá un enlace único para crear su cuenta y registrarse en ePayment.  Este correo electrónico no debe ser reenviado ni compartido con otras personas.

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AdvertenciaEstá utilizando un navegador no actualizado. El 1 de diciembre de 2021, el Estado de Nueva York actualizará las protecciones de seguridad de nuestros sitios web y aplicaciones. El acceso a los sitios web y aplicaciones del gobierno requerirá ahora el uso de navegadores web actualizados y seguros. Vea la lista de navegadores compatibles.

El total de solicitudes de asistencia supera los fondos federales disponibles para el Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia (ERAP). Por lo tanto, a partir del 14 de noviembre de 2021 a las 10:00 p.m. sólo se aceptarán nuevas solicitudes para el ERAP en las dos categorías que se indican a continuación. La financiación no está garantizada.

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A. No debe asumir que se le ha denegado. Estamos procesando todas las solicitudes que se han presentado. Todos los solicitantes recibirán una respuesta explicando si han sido aprobados o denegados.

A. Sí. Si ha solicitado el ERAP y su solicitud sigue pendiente, todavía puede subir documentos. La información sobre cómo subir un documento está aquí https://www.youtube.com/watch?v=sXBUcY-_oec

NOTA IMPORTANTE: La funcionalidad de continuar con una solicitud guardada está disponible para los solicitantes que han creado una cuenta. Se recomienda a los solicitantes que reúnan toda la información necesaria antes de iniciar una solicitud, incluidos los ingresos de los miembros del hogar y los importes de los alquileres. Los solicitantes que hayan comenzado previamente, pero no hayan completado y firmado una solicitud, deben crear una cuenta para poder reanudar una solicitud incompleta.

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AVISO DE PAUSA DE SOLICITUDES: El Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler de Oregón está en pausa para nuevos solicitantes a partir del 1 de diciembre de 2021 a las 11:59pm. Hay otros recursos disponibles, por favor visite la página de “Recursos para Inquilinos” para más información.

El Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler de Oregón ayuda a los hogares de bajos ingresos que reúnen los requisitos para pagar el alquiler atrasado. Este programa utiliza fondos del Programa federal de asistencia de emergencia para el alquiler, que asignó un total colectivo de 280 millones de dólares a Oregón, la ciudad de Portland y varios condados del estado. En la mayoría de los casos, las solicitudes aprobadas darán lugar a pagos realizados directamente a los propietarios.

A partir del 19 de mayo de 2021, los inquilinos que reúnan los requisitos necesarios y que hayan experimentado dificultades financieras debido a la pandemia de coronavirus, y que estén en riesgo de quedarse sin hogar o de sufrir inestabilidad en la vivienda, podrán solicitar el Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler de Oregón. Este programa no es un préstamo, lo que significa que quienes reciban la asistencia no tendrán que devolver los fondos siempre que se utilicen según lo aprobado y no se dupliquen otros programas de asistencia. La asistencia se ofrece a todos los inquilinos que reúnan los requisitos, independientemente de su ciudadanía o estatus migratorio, y no afectará a la elegibilidad del beneficiario para otros programas financiados con fondos federales, como cupones de alimentos, Medicaid, Medicare, seguridad social, WIC o viviendas públicas.

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Por favor, solicite la ayuda en línea. El Portal de Ayuda al Alquiler le lleva paso a paso a través de la solicitud para que la ayuda pueda ser proporcionada a todos los inquilinos elegibles de la manera más rápida posible.  Si necesita ayuda para rellenar la solicitud, llame al 855-209-4970.

Inquilinos:  ¿Ha experimentado una reducción de los ingresos del hogar, ha incurrido en gastos importantes o ha experimentado otras dificultades financieras durante la pandemia de coronavirus o debido a ella directa o indirectamente? ¿Está atrasado en el pago de la renta y/o los servicios públicos y tal vez incluso en riesgo de desalojo o de que le corten los servicios públicos?

El Condado sigue aceptando solicitudes en línea y tiene un centro de llamadas centralizado para apoyar a los solicitantes nuevos y actuales. Los inquilinos, así como los propietarios en nombre de los inquilinos, pueden solicitar asistencia; sin embargo, el inquilino tendrá que proporcionar documentos de elegibilidad y debe firmar la solicitud.    Deben cumplirse los requisitos de elegibilidad y no todos los hogares podrán optar a la ayuda.

La ayuda puede proporcionarse durante un máximo de 15 meses con TERA1 o 18 meses con TERA2. La ayuda para el alquiler en el futuro no será por más de 3 meses a la vez. Los solicitantes deben volver a solicitar la ayuda cada 3 meses y sólo recibirán la ayuda si se cumplen los requisitos de elegibilidad y hay fondos disponibles.

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